¿Qué
signos pueden constituir marca o nombre comercial?
Según el artículo
4.1 de la Ley de Marcas: "se entiende por
marca todo signo susceptible de representación gráfica
que sirva para distinguir en el mercado productos
o servicios de una empresa de los de otras".
Pueden
especialmente ser marca:
-
las
palabras y combinaciones de palabras. Por
ejemplo, "DULCILIA" o "GRAN
DULCILIA" las imágenes, figuras, símbolos
y dibujos. Por ejemplo, logotipos,
paisajes, figuras geométricas, figuras de
animales las letras, las cifras y sus
combinaciones. Por ejemplo "OEPM",
"33", "OEPM 2003" las
formas tridimensionales, entre las que se
incluyen los envoltorios, envases y la forma
del producto. Por ejemplo, un frasco o
envase distintivo de un perfume, la forma
caprichosa de una pastilla de jabón. los
sonidos, siempre que sean susceptibles de
representación gráfica, por ejemplo,
mediante el pentagrama.
-
cualquier
combinación de los signos mencionados.
Esta enumeración
es enunciativa, no limitativa.
TIPOS DE
MARCA:
-
DENOMINATIVAS:
las denominaciones arbitrarias o de fantasía.
Las razones sociales, seudónimos y nombres
propios. Las cifras, letras, etc.
-
GRÁFICAS:
los símbolos gráficos, logotipos, dibujos,
etc.
-
MIXTAS: la combinación de elementos
denominativos y gráficos.
-
TRIDIMENSIONALES:
los envases y envoltorios, la forma del
producto, etc.
-
SONORAS:
Siempre que dichos sonidos en que consista la
marca puedan ser representados gráficamente.
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