¿Quién
puede solicitar el registro?
Cualquier persona física o jurídica. Puede
actuar bien directamente, bien mediante agente de
la propiedad industrial o representante
debidamente autorizados. Los no residentes en un
Estado miembro de la Unión Europea deberán
actuar, en todo caso, mediante Agente de la
Propiedad Industrial. Los residentes en un Estado
de la Unión europea que actúen por si mismos,
deberán designar un domicilio en España a
efectos de notificaciones.
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