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Búsquedas de antecedentes registrales

SERIE: MARCAS Y NOMBRES COMERCIALES

Búsquedas en el localizador de marcas

Una vez elegida la marca se recomienda que haga una búsqueda (totalmente gratuita) en el LOCALIZADOR DE MARCAS (http://www.oepm.es/es/index.html) de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

En el caso de que en dicha búsqueda aparezca una marca idéntica a la que se pretende solicitar y destinada a distinguir productos o servicios idénticos o similares, su solicitud puede ser denegada si el titular de la marca anterior formula oposición.

Si, efectuada la búsqueda anterior, no hubiera localizado una registro anterior idéntico, no significa necesariamente que no exista un signo anteriormente registrado e incompatible, ya que el localizador de marcas no detecta "semejanzas".

Para efectuar una búsqueda más completa conviene solicitar en la Oficina Española de Patentes y Marcas un informe para asegurarse de que el signo está libre.

Este informe de búsqueda tiene un precio variable, que debe consultar en el Servicio de Información. Este informe sólo versará sobre prohibiciones absolutas y marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento inscritos en la OEPM.

¿Quién puede solicitar el registro?

Cualquier persona física o jurídica. Puede actuar bien directamente, bien mediante agente de la propiedad industrial o representante debidamente autorizados. Los no residentes en un Estado miembro de la Unión Europea deberán actuar, en todo caso, mediante Agente de la Propiedad Industrial. Los residentes en un Estado de la Unión europea que actúen por si mismos, deberán designar un domicilio en España a efectos de notificaciones.

¿Dónde pueden presentarse las solicitudes?

La Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas prevé un régimen general y un régimen transitorio hasta que las Comunidades Autónomas inicien formalmente sus actividades registrales:

A. Régimen general:

  1. El solicitante podrá presentar sus solicitudes de registro de marcas, a su libre elección, ante los órganos competentes de las siguientes Comunidades Autónomas: - Donde tenga su domicilio. - Donde tenga un establecimiento industrial o comercial serio y efectivo. - Donde el representante designado por el solicitante, tenga su domicilio. - Donde el representante designado tenga una sucursal seria y efectiva
  2. Los solicitantes domiciliados en Ceuta y Melilla y los no domiciliados en España presentarán sus solicitudes ante la Oficina Española de Patentes y Marcas, salvo que deseen (y puedan) acogerse a alguno de los puntos de conexión indicados en el apartado 1 anterior.
  3. Otros lugares donde pueden presentarse las solicitudes. Los solicitantes podrán también presentar sus solicitudes en los lugares que a continuación se indican, pero dirigidas al órgano que resulte competente, de acuerdo con lo indicado anteriormente en los números 1 y 2:
    - Órganos de las Administraciones Autonómicas habilitados al efecto.
    - Oficinas de Correos. En sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo.
    - En los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (como, por ejemplo, Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, Áreas de industria y Energía).

Ha de tenerse en cuenta que, en estos casos, la fecha de presentación de la solicitud de registro será la de recepción de la misma por el órgano competente al que va dirigida, y no la del depósito de la solicitud en alguno de los lugares contemplados en el artículo 38.4 antes citado.

B. Régimen transitorio:

Mientras las distintas Comunidades Autónomas inician las actividades registrales que les confiere la nueva Ley de Marcas, las solicitudes de registro se presentarán directamente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas o en los lugares indicados en el punto 3 del apartado A anterior, dirigidas a dicha Oficina Española de Patentes y Marcas. Cada Comunidad Autónoma deberá publicar en su correspondiente Boletín Oficial el día de inicio de sus actividades registrales y el órgano competente para recibir las solicitudes.

En caso de duda sobre el lugar de presentación de las solicitudes de registro, consultar personal o telefónicamente al Servicio de Información General (tel.: 902.157.530).

 

Más información:

 

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